lunes, 10 de noviembre de 2008

Me gustó lo del indulto

Enrique Núñez - Contracara

Al día siguiente de la polémica aprobación de la cuenta pública de Enrique Doger, apareció una elocuente cabeza en la primera plana del periódico Cambio.

Ésta decía: “Consuman indulto, aprueban cuenta dogerista”.

Y efectivamente, en términos jurídicos, lo que sucedió en el Congreso fue lo más parecido a un indulto.

Al respecto, me encontré con algunas definiciones de la palabra indulto, las cuales resultan más que contundentes.

Veamos.

Indulto: es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena. Es una situación diversa a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.

Si aplicamos esta definición al caso Doger, nos daremos cuenta que le queda como anillo al dedo.

Los diputados extinguieron la responsabilidad de Doger, perdonando cualquier repercusión de índole penal.

Sin embargo, es muy clara esta acepción, cuando puntualiza que con el indulto, la persona no deja de ser culpable ya que sólo se le ha perdonado el cumplimiento.

Otras definiciones de indulto nos dicen:

“Es el perdón concedido por una ley, que anula la relevancia penal de ciertos hechos concretos y extingue las penas que se hubiesen derivado de ellos”.

“Es una medida de gracia, por la que el Estado perdona el cumplimiento total o parcial de una pena.”

Prácticamente, en todas las definiciones se utiliza la palabra perdón o sinónimos, lo cual implica de manera forzosa la culpabilidad del indultado.

Sobre todo si tomamos como base esta definición de perdón: “Acción y resultado de librar a una persona de una deuda, un castigo o una obligación”.

En esa lógica, nunca mejor utilizada una cabeza por Cambio que la del viernes pasado.

Sin duda, Doger debe haber llamado iracundo diciendo: “No me defiendan, compadres”.

Con una sola frase, sentenciaron y perdonaron al “Varguitas”.

Diría Pepito: “Me gusta su manera de pensar”.

 

Taurinamente, el indulto no aplica

En contraposición a los términos jurídicos, la fiesta de los toros contempla el indulto en condiciones diametralmente opuestas.

En las corridas de toros, se puede evitar el sacrificio de un astado gracias a las cualidades de lidia del animal.

Lamentablemente para Doger, estas cualidades no aplican, toda vez que los animales que pueden recibir la gracia del indulto deben haber mostrado la suficiente bravura, calidad y nobleza, de las cuales carece el expresidente.

Si Doger pudiera salir vivo de una plaza, sería por haber sido regresado a los corrales por manso.

Afortunadamente para los taurinos, estos bichos sólo pueden ser sacrificados en el rastro.

 

 

foto Rodolfo Pérez

 

 

 

   

 

 

 

 

 

 

 

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